Censo tiene la obligación de comprobar matrimonios de locales con extranjeros

El Código Civil y el Decreto Nacional de Registro Civil son las leyes que dictan que el Censo debe realizar una prueba para verificar que la unión civil entre un arubiano, o una persona con derecho a residencia en Aruba, y una persona extranjera no se trata de un matrimonio ficticio con el objetivo de obtener permiso de residencia y/o estadía en la isla.

Pero la realidad es diferente, ya que según la directora del Censo Sharin Luydens, la entidad está de manos atadas en términos de investigación. A pesar de tener un presentimiento fuerte de que un matrimonio es ficticio, necesita tener pruebas contundentes que así lo demuestren para poder prohibir la inscripción de este en el Registro Civil.

El Censo se mantendrá en su función mientras que así este prescrito en la Ley. Estadísticamente el Censo ha ganado la mayoría de las demandas entamadas en su contra ante la Corte justamente por basar su decisión en pruebas concretas. El reto está en el proceso de admisión cual entidad también debe cargar, según el LTU (Ordenanza Nacional de Admisión y Expulsión), una responsabilidad de averiguación cabal de los casos; lo que no es el caso.

En la actualidad, al momento que un matrimonio es inscrito, automáticamente la persona extranjera recibe un permiso; no se requiere de exigencias adicionales como, si el garante cuenta con un salario mínimo o tiene los recursos pa sostener a esposo(a) y sus hijos. Esto es exactamente dónde está el atractivo de utilizar a la institución del matrimonio como un vehículo para obtener un permiso en Aruba.

Durante los últimos 10 años, el Censo ha cumplido con su tarea al alertar y brindar consejo al Gobierno sobre la tendencia de matrimonios ficticios, y así lo seguirá haciendo. Según Luydens, las estadísticas son claras: En el 2018 se registraron 543 matrimonios y 334 divorcios, lo que representa un 61%. Mientras tanto, el Censo seguirá apegado a la ley al realizar debidamente las pruebas para detectar matrimonios ficticios y hasta donde su jurisdicción se lo permita.

Como ciudadana, pero también fiel al juramento hecho como funcionario publica, la directora muchas veces condena esta actitud que atenta contra el bienestar general de la nación. “Si vas en pugna de las reglas de un país, que no fueron puestas en vano, estas atentando contra el país y contra el instituto del matrimonio. Como ciudadano, te debes preguntar a ti mismo si de verdad amas a tu país.”

El solo proceso del Censo es un peso sobre los fondos públicos del país. Cada pruebe requiere de una maquinaria administrativa, horas de trabajo invertidas donde el funcionario debe llenar formularios, hacer preguntas, redactar informes, etc. Y si la decisión es apelada, debe continuar el proceso en la Corte LAR y Corte Superior; son muchos los documentos para que la persona en cuestión de todas formas no sea expulsada.